NIIF 16 Arrendamientos · Derecho a decidir el uso

Párrafo B24

Un cliente tiene el derecho a decidir sobre el uso de un activo identificado a lo largo de todo el periodo de uso solo si:

(a) el cliente tiene el derecho a decidir cómo y para qué propósito se usa el activo a lo largo de todo el periodo de uso (como se describe en los párrafos B25 a B30);E8 [Referencia: ejemplos 1A, 3A, 4, 6B, 7, 9C y 10B, Ejemplos Ilustrativos] o

(b) las decisiones relevantes sobre cómo y para qué propósito se usa están predeterminadas y:

(i) el cliente tiene el derecho a operar el activo (o dirigir a otros para operar el activo de la forma que determine) a lo largo de todo el periodo de uso, sin que el proveedor tenga el derecho a cambiar esas instrucciones operativas;E9 [Referencia: ejemplo 5, Ejemplos Ilustrativos] o

(ii) el cliente diseñó el activo (o aspectos específicos del mismo) de forma que predetermina cómo y para qué propósito se usará el activo a lo largo de todo el periodo de uso.[Referencia: ejemplo 9A, Ejemplos Ilustrativos]

[Enlace a ejemplos 8, 9B, y 10A, Ejemplos Ilustrativos sobre ejemplos de cuándo el cliente no tiene derecho a dirigir el uso]

Edición anotada

Decisión de agenda del Comité de Interpretaciones de las NIIF

[IFRIC® Update, enero de 2020, Decisión de Agenda, «NIIF 16 Arrendamientos—Derechos de Toma de Decisiones»

El Comité recibió una solicitud sobre si el cliente tiene el derecho de dirigir el uso de un barco a lo largo del plazo de cinco años de un contrato. En la estructura de hechos descrita en la solicitud:

a. Existe un activo identificado (el barco) aplicando los párrafos B13 a B20 de la NIIF 16.

b. El cliente tiene el derecho a obtener sustancialmente todos los beneficios económicos del uso del barco a lo largo del periodo de cinco años de uso aplicando los párrafos B21 a B23 de la NIIF 16.

c. Muchas, pero no todas, las decisiones sobre cómo y con qué propósito se usa el barco están predeterminadas en el contrato. El cliente tiene el derecho a tomar las decisiones restantes sobre cómo y para qué propósito se usa el activo a lo largo de todo el periodo de uso. En los hechos descritos en la solicitud, el cliente ha determinado que este derecho de tomar decisiones es relevante porque afecta los beneficios económicos que se derivan del uso del barco.

d. El proveedor opera y mantiene del barco a lo largo del periodo de uso.

El derecho a dirigir el uso de un activo identificado

El párrafo B24 de la NIIF 16 especifica cuándo un cliente tiene el derecho a decidir el uso del activo identificado a lo largo del periodo de uso. El párrafo B24(b) se aplica solo cuando las decisiones relevantes sobre cómo y para qué propósito se usa están predeterminadas. El Consejo destacó en el párrafo FC121 de la NIIF 16 que «se esperaría que las decisiones sobre cómo y para qué propósito se usa un activo estuvieran predeterminadas en relativamente pocos casos.»

El Comité observó que, en los hechos descritos en la solicitud, puesto que no están determinadas todas la decisiones relevantes sobre cómo y para qué propósito se usa el barco, el cliente considera los párrafo B24(a) de la NIIF 16 al evaluar si tiene el derecho a dirigir el uso del barco.

El derecho a decidir cómo y para qué propósito se usa un activo.

El párrafo B24(a) especifica que un cliente tiene el derecho a dirigir el uso de un activo identificado a lo largo del periodo de uso si tiene «el derecho a dirigir cómo y para qué propósito se usa el activo a lo largo del periodo de uso (como se describe en los párrafos B25 a B30)».

Para tener el derecho a decidir cómo y para qué propósito se usa el activo, dentro del alcance de su derecho de uso definido en el contrato, el cliente debe ser capaz de cambiar el cómo y para qué propósito se usa el activo a lo largo de todo el periodo de uso (párrafo B25). Al evaluar si ese es el caso, una entidad considerará los derechos a tomar las decisiones, durante el periodo de uso, que sean más relevantes para cambiar el cómo y para qué propósito se usa el activo a lo largo del periodo. Los derechos de toma de decisiones son relevantes cuando afectan los beneficios económicos que proceden del uso (párrafo B25). Una entidad no considerará las decisiones que estén predeterminadas antes del periodo de uso, a menos que se den las condiciones del párrafo B24(b)(ii) (párrafo B29).

El párrafo B26 incluye ejemplos de derecho de toma de decisiones que, dependiendo de las circunstancias, otorgan el derecho a cambiar el cómo y para qué propósito se usa el activo. Los derechos limitados a operar o mantener el activo no otorgan el derecho a cambiar el cómo y para qué propósito se usa (párrafo B27).

El Comité observó que, en los hechos descritos en la solicitud, el cliente tiene el derecho a dirigir cómo y para qué propósito se usa el barco a lo largo del periodo de uso. El cliente tiene el derecho a tomar decisiones sobre el uso del barco durante el periodo de uso que afecta los beneficios económicos que se derivan de ese uso. Por ello, dentro del alcance de sus derechos de uso definidos en el contrato, el cliente puede cambiar el cómo y para qué propósito se usa el barco. La predeterminación en el contrato de muchas decisiones sobre cómo y para qué propósito se utiliza el barco define el alcance del derecho de uso del cliente—dentro del cual el cliente tiene el derecho de tomar las decisiones más relevantes para cambiar cómo y para qué propósito se utiliza el barco.

El Comité también observó que, aunque la operación y mantenimiento del barco son esenciales para su uso eficiente, las decisiones del proveedor a este respecto no le otorgan el derecho a decidir cómo y para qué propósito se usa el barco.

El Comité concluyó que, en los hechos descritos en la solicitud, el cliente tiene el derecho a dirigir el uso del barco a lo largo del periodo de uso. Por consiguiente, el contrato contiene un arrendamiento.

El Comité concluyó que los principios y requerimientos de la NIIF 16 proporcionan una base adecuada para que una entidad determine si el contrato descrito en la solicitud contiene un arrendamiento. El Comité decidió no añadir este tema a su agenda de emisión de normas.].

E8

Decisión de agenda del Comité de Interpretaciones de las NIIF

[IFRIC® Update, junio de 2019, Decisión de Agenda, «NIIF 16 Arrendamientos—Derechos del Subsuelo»

El Comité recibió una solicitud sobre un contrato concreto para derechos del subsuelo. En el Contrato descrito en la solicitud, un operador de ductos (cliente) obtiene el derecho a colocar un

oleoducto en un espacio subterráneo por 20 años a cambio de una contraprestación. El contrato especifica la localización exacta y dimensiones (trazado, ancho y profundidad) del espacio subterráneo en el cual se situará el conducto. El propietario del terreno conserva el derecho a usar la superficie del terreno sobre el conducto, pero no tiene derecho a acceder o cambiar de otro modo el uso del espacio subterráneo especificado a lo largo del periodo de 20 años de uso. El cliente tiene derecho a realizar trabajos de inspección, reparación y mantenimiento (incluyendo la sustitución de las secciones dañadas del conducto cuando sea necesario).

La solicitud preguntaba si la NIIF 16, NIC 38 Activos Intangibles u otra Norma NIIF es aplicable a la contabilización del contrato.

...

Derecho a decidir el uso

Los párrafos B24 a B30 de la NIIF 16 proporcionan las guías de aplicación sobre el derecho a decidir el uso del activo identificado a lo largo del periodo de uso. El párrafo B24 especifica que un cliente tiene ese derecho si:

a. el cliente tiene el derecho a decidir cómo y para qué propósito se usa el activo a lo largo de todo el periodo de uso; o

b. las decisiones relevantes sobre cómo y para qué propósito se usa están predeterminadas y (i) el cliente tiene el derecho a operar el activo a lo largo de todo el periodo de uso, sin que el proveedor tenga el derecho a cambiar esas instrucciones operativas; o (ii) el cliente diseñó el activo de forma que predetermina cómo y para qué propósito se usará el activo a lo largo del periodo de uso.

El Comité observó que, en el contrato descrito en la solicitud, el cliente tiene el derecho de decidir el uso del espacio subterráneo especificado a lo largo del periodo de 20 años de uso porque existen las condiciones del párrafo B24(b)(i). Cómo y para qué propósito se usará el espacio subterráneo especificado (es decir, localizar el conducto con las dimensiones especificadas a través de la que se transportará el petróleo) está predeterminado en el contrato. El cliente tiene el derecho a operar el espacio subterráneo especificado teniendo el derecho a realizar trabajos de inspección, reparación y mantenimiento. El cliente toma todas las decisiones sobre el uso del espacio subterráneo especificado que pueden tomarse durante el periodo de 20 años de uso.

...

El Comité concluyó que los principios y requerimientos de las Normas NIIF proporcionan una base adecuada para que una entidad determine su contabilización del contrato descrito en la solicitud. Por consiguiente, el Comité decidió no añadir este tema a su agenda de emisión de normas.

[El texto completo de la decisión de agencia se reproduce después del párrafo B20 de la NIIF 16.]]

E9

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.