NIIF 16 Arrendamientos · Clasificación de los arrendamientos (B53 a B58)

Párrafo 62

Un arrendamiento se clasificará como finance financiero cuando transfiera sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad de un activo subyacente. Un arrendamiento se clasificará como operativo si no transfiere sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad de un activo subyacente.

[Referencia:
párrafos B53 y B54]

[Referencia:
sobre la clasificación de subarrendamientos:
párrafo B58
ejemplos 20 y 21, Ejemplos Ilustrativos]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.