NIIF 16 Arrendamientos · Medición inicial del pasivo por arrendamiento

Párrafo 27

En la fecha de comienzo, los pagos por arrendamiento incluidos en la medición del pasivo por arrendamiento comprenden los pagos siguientes por el derecho a usar el activo subyacente durante el plazo del arrendamiento que no se paguen en la fecha de comienzo:E1

(a) pagos fijos (incluyendo los pagos fijos en esencia [Referencia: párrafo FC164, Fundamentos de las Conclusiones] como se describe en el párrafo B42), menos los incentivos del arrendamiento por pagar;

(b) pagos por arrendamiento variables, que dependen de un índice o una tasa, inicialmente medidos usando el índice o tasa en la fecha de comienzo (como se describe en el párrafo 28); [Referencia: párrafos FC165 y FC166, Fundamentos de las Conclusiones y ejemplo 14A, Ejemplos Ilustrativos]

(c) importes que espera pagar el arrendatario como garantías de valor residual; [Referencia: párrafos FC170 a FC172, Fundamentos de las Conclusiones]

(d) el precio de ejercicio de una opción de compra si el arrendatario está razonablemente seguro de ejercer esa opción (evaluada considerando los factores descritos en el párrafos B37 a B40);[Referencia: párrafo FC173, Fundamentos de las Conclusiones] y

(e) pagos por penalizaciones derivadas de la terminación del arrendamiento, si el plazo del arrendamiento refleja que el arrendatario ejercerá una opción para terminar el arrendamiento.

[Enlace a párrafo FC149 y FC151, Fundamentos de las Conclusiones sobre por qué se excluyen los costos directos iniciales del pasivo por arrendamientos párrafos FC168, FC169, FC163(b) y FC163(c), Fundamentos de las Conclusiones , sobre pagos variables vinculados con el rendimiento futuro o uso del activo subyacente ejemplo 14B, Ejemplos Ilustrativos, para ejemplos de los pagos por arrendamiento variables excluidos]

Edición anotada

Decisión de agenda del Comité de Interpretaciones de las NIIF

[IFRIC® Update, septiembre de 2021, Decisión de Agenda, «NIIF 16 Arrendamientos—Impuesto sobre el Valor Agregado No reembolsable en Pagos por Arrendamiento»

El Comité recibió una solicitud sobre cómo un arrendatario contabiliza el impuesto sobre el valor agregado (IVA) no reembolsable cargado a los pagos de arrendamiento. En la estructura de hechos descrita en la solicitud:

a. El arrendatario opera en una jurisdicción en la que se aplica el IVA a los bienes y servicios. Un vendedor incluye el IVA en una factura de pago emitida a un comprador. En el caso de los arrendamientos, el IVA se carga cuando el arrendador emite una factura de pago al arrendatario.

b. La legislación aplicable:

i. requiere que el vendedor recaude el IVA y lo remita al gobierno; y

ii. permite, generalmente, que el comprador recupere del gobierno el IVA cargado por los pagos de bienes o servicios, incluidos los arrendamientos.

c. Debido a la naturaleza de sus operaciones, el arrendatario sólo puede recuperar una parte del IVA cargado a los bienes o servicios adquiridos. Esto incluye el IVA cargado a los pagos que

realiza por los arrendamientos. Por lo tanto, una parte del IVA que paga el arrendatario no es reembolsable.

d. Los acuerdos de arrendamiento requieren que el arrendatario realice pagos al arrendador que incluyen los importes relacionados con el IVA cargado de acuerdo con la legislación aplicable.

La solicitud preguntaba si, al aplicar la NIIF 16, el arrendatario incluye el IVA no reembolsable como parte de los pagos de un arrendamiento.

Las actividades de difusión externa llevadas a cabo por el Comité y las cartas de comentarios sobre la decisión de agenda provisional del Comité proporcionaron evidencia limitada:

a. de que el IVA no reembolsable sobre los pagos de arrendamiento es material o tiene importancia relativa para los arrendatarios afectados; y

b. de la diversidad en la forma en que los arrendatarios en circunstancias similares contabilizan el IVA no reembolsable en los pagos de arrendamiento.

Por lo tanto, el Comité no ha recibido evidencia de que el tema tenga un efecto generalizado y tenga, o se espere que tenga, un efecto material o con importancia relativa sobre los afectados. Por consiguiente, el Comité decidió no añadir un proyecto de emisión de normas al plan de trabajo.]

E1

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.