NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes · Opciones del cliente sobre bienes o servicios adicionales

Párrafo B42

El párrafo 74 requiere que una entidad asigne el precio de la transacción a las obligaciones de desempeño sobre la base del precio de venta independiente relativo. Si el precio de venta independiente para la opción de un cliente de adquirir bienes o servicios adicionales no es directamente observable, una entidad lo estimará. Esa estimación reflejará el descuento que el cliente obtendría al ejercer la opción, y se ajustará por los dos aspectos siguientes:

(a) cualquier descuento que el cliente recibiría sin ejercer la opción; y

(b) la probabilidad de que la opción sea ejercida.

[Referencia:
párrafos FC389 a FC390, Fundamentos de las Conclusiones
ejemplos 49 y 52, Ejemplos Ilustrativos]

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