NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes · Cumplimiento del objetivo
Párrafo 2
Para cumplir el objetivo del párrafo 1, el principio básico de esta Norma es que una entidad reconocerá los ingresos de actividades ordinarias para representar la transferencia de los bienes o servicios comprometidos con los clientes por un importe que refleje la contraprestación a que la entidad espera tener derecho, a cambio de dichos bienes o servicios. [Referencia: párrafos FC12, FC19 a FC21 y FC25 a FC27, Fundamentos de las Conclusiones]
[Nota:
el párrafo IN7 de la Introducción que acompaña la emisión de la NIIF 15 en mayo de 2014 resumía
los cinco pasos que aplicará una entidad para reconocer ingresos de actividades ordinarias de
acuerdo principio básico de la Norma. Los pasos son:
Paso 1: Identificación del contrato con el cliente.
Paso 2: Identificación de las obligaciones de desempeño en el contrato.
Paso 3: Determinar el precio de la transacción.
Paso 4: Asignación del precio de la transacción a las obligaciones de desempeño del contrato.
Paso 5: Reconocimiento de los ingresos de actividades ordinarias cuando (o a medida que) la entidad
satisface una obligación de desempeño.]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.