NIIF 14 Cuentas de Diferimientos de Actividades Reguladas · Aplicación de la NIIF 5 Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuadas
Párrafo B21
De forma análoga, a pesar de los requerimientos del párrafo 38 de la NIIF 5, cuando una entidad presente un grupo de activos para su disposición, [Referencia: Apéndice A (definición de grupo de activos para su disposición), NIIF 5] la entidad no incluirá, dentro de las partidas que se requieren por el párrafo 38 de la NIIF 5, el total de los saldos deudores y acreedores de las cuentas de diferimientos de actividades reguladas que son parte del grupo de activos para su disposición. En su lugar, la entidad presentará el total de los saldos deudores y acreedores de las cuentas de diferimientos de actividades reguladas que son parte del grupo de activos para su disposición, bien:
(a) dentro de las partidas que se presentan para los saldos deudores y acreedores de las cuentas de diferimientos de actividades reguladas; o
(b) como una partida separada junto a los otros saldos deudores y acreedores de las cuentas de diferimientos de actividades reguladas.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.