NIIF 13 Medición del Valor Razonable · Uso de precios estimados proporcionados por terceros
Párrafo B46
Si ha habido una disminución significativa en el volumen o nivel de actividad para el activo o pasivo, [Referencia: párrafo B37] una entidad evaluará si los precios estimados proporcionados por terceros están desarrollados utilizando información actual que refleje transacciones ordenadas o una técnica de valoración que refleje los supuestos de los participantes del mercado (incluyendo supuestos sobre el riesgo [Referencia: párrafos 88, B15 y B16]). Al ponderar un precio estimado como un dato de entrada en una medición del valor razonable, una entidad dará menos peso [Referencia: párrafo 63] (en comparación con otros indicios del valor razonable que reflejen los resultados de las transacciones) a estimaciones que no reflejan el resultado de transacciones.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.