NIIF 13 Medición del Valor Razonable · Información a revelar

Párrafo 94

Una entidad determinará las clases adecuadas de activos y pasivos sobre la base de los siguientes elementos:

(a) la naturaleza, características [Referencia: párrafo 11] y riesgos del activo o pasivo; y

(b) el nivel de la jerarquía del valor razonable dentro del que se clasifica la medición del valor razonable. [Referencia: párrafos 72 y 73]

El número de clases puede necesitar ser mayor para mediciones del valor razonable clasificadas dentro del Nivel 3 de la jerarquía del valor razonable [Referencia: párrafo FC193, Fundamentos de las Conclusiones] porque esas mediciones tienen un mayor grado de incertidumbre y subjetividad. La determinación de las clases adecuadas de activos y pasivos para las que se debe proporcionar información a revelar sobre las mediciones del valor razonable requiere del juicio profesional. Una clase de activos y pasivos, a menudo, requerirá mayor desglose que las partidas presentadas en el estado de situación financiera. Sin embargo, una entidad suministrará información suficiente para permitir la conciliación con las partidas presentadas en el estado de situación financiera. Si otra NIIF especifica la clase de un activo o un pasivo, una entidad puede utilizar esa clase al proporcionar la información a revelar requerida en esta NIIF si esa clase cumple con los requerimientos de este párrafo.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.