NIIF 11 Acuerdos Conjuntos · Apéndice A Definiciones de términos
Definición: control conjunto
El reparto del control contractualmente decidido de un acuerdo, que existe sólo cuando las decisiones sobre las actividades relevantes requieren el consentimiento unánime de las partes que comparten el control. [Referencia: párrafos 7 a 13 y B5 a B11]
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