NIIF 10 Estados Financieros Consolidados · Relación con otras partes
Párrafo B74
Esta relación no necesita un acuerdo contractual. Una parte es un agente de facto cuando el inversor tiene la capacidad de remitir a esa parte para que actúe en nombre del inversor. Una parte podría también ser un agente de facto cuando los que dirigen las actividades del inversor tienen la capacidad de dirigir a esa parte para que actúe en su nombre. El inversor considerará los derechos de toma de decisiones del agente de facto y su exposición indirecta, o derechos, a rendimientos variables a través del agente de facto junto con los suyos propios al evaluar el control de una participada.
[Referencia: párrafos FC146A a FC146C, Fundamentos de las Conclusiones]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.