NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera · Medición al valor razonable de activos financieros o pasivos financieros en el reconocimiento inicial.
Párrafo D20
Sin perjuicio de los requerimientos de los párrafos 7 y 9, una entidad podrá aplicar los requerimientos del párrafo B5.1.2A(b) de la NIIF 9 de forma prospectiva a transacciones realizadas a partir de la fecha de transición a las NIIF.
[Referencia: párrafos FC74(d) y FC83A, Fundamentos de las Conclusiones]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.