NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera · Diferencias de conversión acumuladas

Párrafo D13A

En lugar de aplicar el párrafo D12 o el párrafo D13, una subsidiaria que utilice la exención del párrafo D16(a) puede optar, en sus estados financieros, por medir las diferencias de conversión acumuladas para todos los negocios en el extranjero, por el importe en libros que se incluiría en los estados financieros consolidados de la controladora, basado en de la fecha de transición a las NIIF de la controladora, si no se realizaron ajustes en los procedimientos de consolidación y a efectos de la combinación de negocios en la cual la controladora adquirió la subsidiaria. Una opción similar está disponible para una asociada o negocio conjunto que utilice la exención del párrafo D16(a).

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.