NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera · Préstamos del Gobierno

Párrafo B11

Sin perjuicio de lo previsto por el párrafo B10, una entidad podrá aplicar los requerimientos de las NIIF 9 y NIC 20 de forma retroactiva a cualquier préstamo del gobierno con origen en una fecha anterior a la transición a las NIIF, siempre que la información necesaria para hacerlo haya sido obtenida en la fecha de la contabilización inicial de ese préstamo.

[Referencia:
párrafos FC80D y FC80E, Fundamentos de las Conclusiones
párrafo GI66 y GI ejemplo 12, Guía de Implementación]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.