NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera · Apéndice B Excepciones a la aplicación retroactiva de otras NIIF
Párrafo B1
Una entidad aplicará las siguientes excepciones:
(a) la baja en cuentas de activos financieros y pasivos financieros (párrafos B2 y B3);
(b) contabilidad de coberturas (párrafos B4 a B6);
(c) participaciones no controladoras (párrafo B7);
(d) clasificación y medición de activos financieros (párrafos B8 a B8C);
(e) deterioro de activos financieros (párrafos B8D a B8G);
(f) derivados implícitos (párrafo B9);
(g) préstamos del gobierno (párrafos B10 a B12);
(h) contratos de seguro (párrafo B13); y
(i) impuestos diferidos relacionados con arrendamientos y pasivos por retiro del servicio, restauración y similares (párrafo B14).
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.