NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera · Políticas contables
Párrafo 7
Una entidad usará las mismas políticas contables en su estado de situación financiera de apertura conforme a las NIIF y a lo largo de todos los periodos que se presenten en sus primeros estados financieros conforme a las NIIF. Estas políticas contables cumplirán con cada NIIF vigente al final del primer periodo sobre el que informe según las NIIF, excepto por lo especificado en los párrafos 13 a 19 y en los Apéndices B a E.E1
[Referencia:
párrafos FC11 a FC15, Fundamentos de las Conclusiones
párrafo 50, NIC 8
párrafo 17, NIC 21]
Edición anotada
[IFRIC® Update, mayo de 2010, Decisión de Agenda, «Contabilización de los costos incluidos en los activos construidos por la propia entidad en el momento de la transición»
El Comité de Interpretaciones recibió dos solicitudes con respecto a la aplicación de las NIIF para una entidad que capitaliza ciertos costos, incluyendo ganancias y pérdidas actuariales, como parte de los activos construidos por la propia entidad, de acuerdo con sus políticas contables según los PCGA anteriores. En la transición a las NIIF, la entidad cambia su política contable sobre las ganancias y pérdidas actuariales y determina que no debe seguir capitalizándolas. Las solicitudes preguntan si la entidad debería ajustar el importe en libros de los activos construidos por la propia entidad en el momento de la transición a las NIIF y, si no es así, cómo debe reflejarse el cambio en sus políticas contables de ganancias y pérdidas actuariales en el importe en libros de los activos construidos por la propia entidad en periodos posteriores sobre los que se informa.
El Comité de Interpretaciones destacó que el párrafo 7 de la NIIF 1 requiere que una entidad use “las mismas políticas contables en su estado de situación financiera de apertura conforme a las NIIF y a lo largo de todos los periodos que se presenten en sus primeros estados financieros conforme a las NIIF.”
El Comité de Interpretaciones concluyó que la cuestión no estaba actualmente extendida, aunque podría tener impacto en algunas entidades en jurisdicciones en transición a las NIIF y que no había interpretaciones divergentes significativas (ni en las prácticas emergentes ni en las ya existentes). Por ello, el Comité decidió no añadir esta cuestión en su agenda.]
E1
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.