NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores · Información a revelar
Párrafo 31
Para cumplir con el párrafo 30, la entidad revelará:
(a) el título de la nueva NIIF;
(b) la naturaleza del cambio o cambios inminentes en la política contable;
(c) la fecha en la cual es obligatoria la aplicación de la NIIF;
(d) la fecha a partir de la que está previsto aplicar la NIIF por primera vez; y
(e) una u otra de las siguientes informaciones:
(i) una explicación del impacto esperado, derivado de la aplicación inicial de la NIIF, sobre los estados financieros de la entidad; o
(ii) si el impacto fuera desconocido o no pudiera ser estimado razonablemente, una declaración al efecto.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 001-2021-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.