NIC 41 Agricultura · Información a revelar sobre activos biológicos cuyo valor razonable no puede ser medido con fiabilidad

Párrafo 56

Si, durante el periodo corriente, la entidad ha podido medir con fiabilidad el valor razonable de activos biológicos que, con anterioridad, había medido a su costo menos la depreciación acumulada y las pérdidas por deterioro del valor acumuladas, debe revelar, en relación con tales elementos:

(a) una descripción de los activos biológicos;

(b) una explicación de las razones por las que el valor razonable ha pasado a ser medido con fiabilidad; y

(c) el efecto del cambio.

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