NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición · Evaluación de la eficacia de la cobertura

Párrafo GA113

Cuando una entidad no cumpla con los requisitos de la eficacia de la cobertura, suspenderá la aplicación de la contabilidad de coberturas desde la última fecha en que demostró el cumplimiento con los requisitos de la eficacia de la cobertura. No obstante, si la entidad identifica el suceso o cambio en las circunstancias que causó que la relación de cobertura dejase de cumplir con los criterios de la eficacia, y demuestra que la cobertura era eficaz antes de que se produjera el suceso o el cambio en las circunstancias, suspenderá la aplicación de la contabilidad de cobertura desde la misma fecha del evento o del cambio en las circunstancias.

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