NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición · Definiciones

Párrafo 9

Los términos siguientes se usan, en esta Norma, con los significados que a continuación se especifican:

Definiciones relativas a la contabilidad de coberturas

Un compromiso en firme es un acuerdo vinculante para intercambiar una determinada cantidad de recursos a un precio determinado, en una fecha o fechas futuras especificadas.

Una transacción prevista es una operación futura anticipada pero no comprometida.

Un instrumento de cobertura es un derivado designado o bien (solo en el caso de la cobertura del riesgo de tasa de cambio) un activo financiero o un pasivo financiero no derivado cuyo valor razonable o flujos de efectivo generados se espera que compensen los cambios en el valor razonable o los flujos de efectivo de la partida cubierta designada (los párrafos 72 a 77 y los párrafos GA94 a GA97 del Apéndice A desarrollan la definición de instrumento de cobertura).

Una partida cubierta es un activo, un pasivo, un compromiso en firme, una transacción prevista altamente probable o una inversión neta en un negocio en el extranjero que (a) expone a la entidad al riesgo de cambio en el valor razonable o en los flujos de efectivo futuros, y (b) es designada para ser cubierta (los párrafos 78 a 84 y los párrafos GA98 a GA101 del Apéndice A desarrollan la definición de partidas cubiertas). Eficacia de la cobertura es el grado en el que los cambios en el valor razonable o en los flujos de efectivo de la partida cubierta, directamente atribuibles al riesgo cubierto, se compensan con los cambios en el valor razonable o en los flujos de efectivo del instrumento de cobertura (véanse los párrafos GA105 a GA113 del Apéndice A).

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 001-2021-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.