NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición · Fecha de vigencia y transición
Párrafo 108G
Reforma de la Tasa de Interés de Referencia, que modificó las NIIF 9, NIC 39 y NIIF 7, emitida en septiembre de 2019, añadió los párrafos 102A a 102N. Una entidad aplicará estas modificaciones a periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2020. Se permite su aplicación anticipada. Si una entidad aplica esas modificaciones en un periodo que comience con anterioridad, revelará este hecho. Una entidad aplicará estas modificaciones de forma retroactiva a las relaciones de cobertura que existían al comienzo del periodo sobre el que se informa en el que la entidad aplica por primera vez las modificaciones o que se asignaron posteriormente, y a la ganancia o pérdida reconocida en otro resultado integral que existía al comienzo del periodo sobre el que se informa en el que una entidad aplica por primera vez estas modificaciones.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 001-2021-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.