NIC 38 Activos Intangibles · Adquisición separada
Párrafo 27
El costo de un activo intangible adquirido de forma separada comprende:
(a) su precio de adquisición, incluidos los aranceles de importación y los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, después de deducir cualquier descuento o rebaja del precio; y
(b) cualquier costo directamente atribuible a la preparación del activo para su uso previsto.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 001-2021-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.