NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos · Exenciones de la aplicación del método de la participación

Párrafo 18

Cuando una inversión en una asociada o negocio conjunto se mantiene directa o indirectamente por una entidad que es una organización de capital de riesgo o un fondo de inversión colectiva, fideicomiso de inversión u otra entidad análoga, incluyendo los fondos de seguro ligados a inversiones, la entidad puede optar por medir esa inversión a valor razonable con cambios en resultados de acuerdo con la NIIF 9. Un ejemplo de un fondo de seguro vinculado a una inversión es un fondo mantenido por una entidad como los elementos subyacentes para un grupo de contratos de seguro con componentes de participación directa. A efectos de esta elección, los contratos de seguro incluyen contratos de inversión con componentes de participación discrecional. Una entidad realizará esta elección de forma separada para cada asociada o negocio conjunto, en el reconocimiento inicial de la asociada o negocio conjunto. (Véase la NIIF 17 Contratos de Seguro para los términos usados en este párrafo que están definidos en esa Norma.)

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 001-2021-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.