NIC 26 Contabilización e Información Financiera sobre Planes de Beneficio por Retiro · Información a revelar

Párrafo 34

En la información procedente de un plan de beneficio por retiro ya sea de aportaciones definidas o de beneficios definidos, deben incluirse también los siguientes extremos:

(a) un estado de cambios en los activos netos para atender beneficios;

(b) un resumen de las políticas contables significativas; y

(c) una descripción del plan y del efecto de cualesquiera cambios habidos en el plan durante el periodo.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 001-2021-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.