Ley que concede el derecho de licencia a trabajadores con familiares directos que se encuentran con enfermedad en estado grave o terminal o sufran accidente grave

ARTÍCULO 1º.- OBJETO DE LA LEY

La presente ley tiene por objeto establecer el derecho del trabajador de la actividad pública y privada a gozar de licencia en los casos de tener un hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente, o persona bajo su curatela o tutela, enfermo diagnosticado en estado grave o terminal, o que sufra accidente que ponga en serio riesgo su vida, con el objeto de asistirlo.

Artículo modificado por la primera disposición complementaria modificatoria de la Ley N° 31041(02.09.2020)- Ley de urgencia médica para la detección oportuna y atención integral del cáncer del niño y del adolescente.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.