Ley de las trabajadoras y trabajadores del hogar

DÉCIMA. Continuación del vínculo laboral

En el lapso de adecuación de la presente ley, las personas trabajadoras del hogar que se encuentren prestando servicios gozarán de la protección legal contra el despido y el hostigamiento laboral en relación con la implementación de la presente norma, encargándose al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el seguimiento de la presente disposición.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.