Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), modifica la Ley 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, y la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
ARTÍCULO 14º.- CAUSALES DE VACANCIA DEL CARGO DE SUPERINTENDENTE
Son causales de vacancia del cargo de Superintendente las siguientes:
a) Fallecimiento.
b) Incapacidad permanente.
c) Renuncia aceptada.
d) Impedimento legal sobreviniente a la designación.
e) Remoción por falta grave aprobada por el Consejo Directivo.
f) Pérdida de la confianza de la autoridad que lo designó.
En caso de vacancia, se designa un reemplazante para completar el período correspondiente, con los mismos procedimientos y requisitos señalados.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.