Ley del Servicio Civil
ARTÍCULO 1º.- OBJETO DE LA LEY
El objeto de la presente Ley es establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.