Ley Procesal del Trabajo
Cuarta.-
Interprétase que los servidores y funcionarios públicos a que se refiere el inciso b) del Articulo 21 del Decreto Legislativo N.º 817, son aquellos comprendidos en el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 276.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.