Ley sobre Modalidades Formativas Laborales
SEGUNDA.-
Los principios establecidos en el artículo I del Titulo Preliminar, sirven de criterio interpretativo para resolver las cuestiones controvertidas o de incertidumbre que puedan suscitarse en la aplicación de la presente normativa, como parámetro para la generación de otras disposiciones y para suplir los vacíos que se presentaren.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.