Ley General de Acuicultura
Cuarta.- Régimen Laboral y de la Seguridad Social
Las disposiciones contenidas en los artículos 28 y 29 de la Ley Nº 27460 - Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura mantienen su vigencia, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 27360 - Ley que Aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.