Dictan normas complementarias para la presentación de la Declaración de Predios a que se refiere el D.S. N.º 085-2003-EF
ARTÍCULO 14º.- MEDIOS DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE PREDIOS
La presentación de la Declaración de Predios se efectuará de acuerdo a lo que se indica a continuación:
a. Sujetos Obligados que tengan hasta 20 predios:
Presentarán la Declaración de Predios utilizando el Formulario Virtual N.º 1630 o el PDT PREDIOS Formulario Virtual N.º 3530.
b. Sujetos Obligados que tengan más de 20 predios:
Presentarán la Declaración de Predios utilizando obligatoriamente el PDT PREDIOS Formulario Virtual N.º 3530.
Artículo 14º sustituido por el artículo 1º de la Resolución de Superintendencia N.º 218-2003-SUNAT (29.11.03).
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.