Texto Único Ordenado del Código Tributario
ARTÍCULO 113º.- APLICACIÓN SUPLETORIA
Las disposiciones generales establecidas en el presente Título son aplicables a los actos de la Administración Tributaria contenidos en el Libro anterior.
Concordancias
Decreto Supremo Nº 133-2013-EF (22.06.2013)-TUO del Código Tributario: Libro Segundo
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.