Texto Único Ordenado del Código Tributario

ARTÍCULO 113º.- APLICACIÓN SUPLETORIA

Las disposiciones generales establecidas en el presente Título son aplicables a los actos de la Administración Tributaria contenidos en el Libro anterior.

Concordancias

Decreto Supremo Nº 133-2013-EF (22.06.2013)-TUO del Código Tributario: Libro Segundo

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.