Ley de urgencia médica para la detección oportuna y atención integral del cáncer del niño y del adolescente

TERCERA.

El Poder Ejecutivo en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario reglamenta la presente ley.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.