Aprueban Normas para la presentación de la solicitud de acogimiento al fraccionamiento especial establecido por el Decreto Legislativo N° 1257, así como para su pago
Segunda.- DE LA APLICACIÓN DE DETERMINADAS NORMAS PARA EFECTO DE LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE FRAES Y PARA EL PAGO AL CONTADO O EN CUOTAS
Para efecto de lo dispuesto en la presente resolución:
a) Extiéndase los alcances de la Resolución de Superintendencia N.° 109-2000/SUNAT y normas modificatorias para:
a.1 La presentación de Solicitudes de acogimiento al FRAES que contengan ingresos administrados por la SUNAT distintos a los tributarios; y,
a.2 Realizar los pagos de los referidos ingresos incluidos en la Solicitud de acogimiento al FRAES o en la resolución de acogimiento.
b) Extiéndase los alcances de la Resolución de Superintendencia N.° 125-2003/SUNAT y normas modificatorias y la Resolución de Superintendencia N.° 038-2010/SUNAT y normas modificatorias para:
b.1 Realizar el pago de los tributos que forman parte de la deuda tributaria aduanera; y,
b.2 Realizar el pago de otros ingresos administrados por la SUNAT distintos a los tributarios incluidos en las Solitudes de acogimiento al FRAES o en la resolución de acogimiento.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.